Las oficinas legales de Sabrina Li han ayudado exitosamente a otro cliente, y estamos ansiosos por compartir su historia con usted.
Nuestra clienta se acercó a nosotros después de casarse con su cónyuge ciudadano de los Estados Unidos. Durante nuestra consulta, descubrimos que se había unido al Partido Comunista Chino (PCCh) mientras asistía a la universidad en China. Aunque había presentado una solicitud para poner fin a su afiliación al PCCh, el partido no la canceló oficialmente hasta 2021.
Nuestro experto equipo supo de inmediato que nuestro cliente sería declarado inadmisible en virtud de la sección 212 (a) (3) (D) de la INA. Según el artículo 212 (a) (3) (D) de la INA, cualquier inmigrante que sea o haya sido miembro o afiliado al Partido Comunista o a cualquier otro partido totalitario es inadmisible. Esto significaba que su ajuste de estatus podría estar en peligro debido a su anterior pertenencia al PCCh.
Sin embargo, con el amplio conocimiento de nuestro equipo en esta área, no se perdió toda esperanza. Guiamos a nuestra clienta en la solicitud de un ajuste de estatus a través de su cónyuge ciudadano estadounidense. Al mismo tiempo, presentamos una exención I-601 por su inadmisibilidad. Establecimos que nuestra clienta tenía fuertes vínculos con los Estados Unidos, que sufriría mucho en su país de origen y que, debido a su trabajo, era un activo para la nación en general. También establecimos que nuestra clienta merecía que se le concediera un ajuste de estatus debido a su buen carácter.
Posteriormente, nuestro cliente tuvo una entrevista de ajuste de estatus con el USCIS. La preparamos meticulosamente para este paso crucial. Nuestro arduo trabajo dio sus frutos cuando su solicitud fue aprobada unas semanas después de su entrevista con la I-485, ¡lo que la convirtió en residente permanente legal!
Un solicitante puede quedar exento de la inadmisibilidad en virtud de la INA 212 (a) (3) (D) si el inmigrante puede demostrar que:
Si el USCIS determina que existe una membresía o afiliación significativa al PCCh y el solicitante no reúne los requisitos para ninguna excepción, el USCIS declarará que el solicitante es inadmisible en virtud de la INA 212 (a) (3) (D) por ser o haber sido miembro del Partido Comunista o de cualquier otro partido totalitario. Sin embargo, es posible que exista una exención.
Para calificar para una exención por haber sido miembro anterior de un partido totalitario, una persona debe:
Si usted o alguien que conoce se enfrenta a una situación similar y requiere la experiencia de profesionales capacitados, no busque más allá de las Oficinas Legales de Sabrina Li. Llámenos hoy al (213) 375-8096 o envíenos un correo electrónico a info@sabrinali.law. Nos comprometemos a brindarle la asistencia que necesita, así que no dude en contactarnos. Estamos aquí para usted.