Se aprueba la exención por dificultades económicas I-612 J-1 de un investigador

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En las oficinas legales de Sabrina Li, nos enorgullece compartir otra historia de éxito en la que ayudamos a un cliente a superar los desafíos del requisito de residencia en el hogar de dos años de la visa J-1 a través de una exención por dificultades excepcionales I-612.

Requisito de residencia domiciliaria de 2 años

Nuestro cliente, un investigador, ingresó a los Estados Unidos con una visa J-1 con su cónyuge, que tenía una visa de dependiente J-2, para participar en un programa financiado por los Estados Unidos. Durante su estancia en los Estados Unidos, dieron la bienvenida a un niño que es ciudadano estadounidense. Después de completar el programa, nuestro cliente recibió una oferta de trabajo y esperaba permanecer en los EE. UU. Sin embargo, el requisito de residencia en el país de origen de dos años de la visa J-1 exigía que regresara a su país de origen antes de poder solicitar otra visa estadounidense o residencia permanente.

Como el programa del cliente estaba financiado por el gobierno de los EE. UU., no reunía los requisitos para recibir una exención de «no objeción». Reconociendo los obstáculos que planteaba este requisito, vino a nuestra oficina para explorar opciones alternativas de exención.

Nuestro enfoque: Presentar una exención estratégica I-612 por dificultades excepcionales

A través de discusiones exhaustivas, descubrimos que el hijo ciudadano estadounidense de nuestro cliente sufría problemas de salud recurrentes que requerían atención médica continua y especializada, solo accesible en los EE. UU. Reubicarse en el país de origen del cliente representaba riesgos importantes para el niño, dados los limitados recursos de atención médica y el uso indebido frecuente de antibióticos. Según el artículo 212 (e) de la INA, identificamos la exención por «dificultades excepcionales» como la opción más adecuada.

Para cumplir con el alto estándar de «dificultades excepcionales», compilamos meticulosamente la documentación que demostraba los desafíos únicos a los que se enfrentaría la familia. Esto incluía informes médicos sobre el estado del niño y la necesidad crítica de una atención de seguimiento constante en los EE. UU. También demostramos que la estabilidad financiera de la familia aquí era esencial para cubrir estas necesidades médicas, que se verían comprometidas por la reubicación forzosa. Además, proporcionamos evidencia de desafíos específicos de salud y atención médica en el país de origen, incluida la escasez de proveedores de atención calificados y los riesgos asociados con el uso excesivo de antibióticos.

Después de dos años de espera, el USCIS finalmente aprobó la exención por dificultades excepcionales, lo que permite a nuestro cliente y su familia permanecer en los Estados Unidos.

Requisito de dos años de presencia física en el país de origen para visitantes de intercambio

Para muchos visitantes de intercambio J-1, el requisito de residencia de dos años en el país de origen en virtud de la Sección 212 (e) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad puede ser un obstáculo sustancial. Este requisito exige que ciertos titulares de visas J-1 pasen dos años en su país de origen antes de poder solicitar visas estadounidenses específicas o ajustes de estatus. Sin embargo, si no es posible cumplir con este requisito, hay opciones de exención disponibles. Es importante destacar que la solicitud de exención debe ser aprobada por el Departamento de Seguridad Nacional antes de cualquier cambio de estatus o emisión de visa en ciertas categorías.

Las cinco bases posibles para una exención J-1 son:

  1. Declaración de no objeción;
  2. Solicitud de una agencia gubernamental federal de EE. UU. interesada;
  3. Persecución;
  4. Dificultades excepcionales para un cónyuge o hijo ciudadano estadounidense (o residente permanente legal) de un visitante de intercambio; y
  5. Solicitud de un Departamento de Salud Pública Estatal Designado o su equivalente (Programa Conrad State 30).

La exención de no objeción: popularidad y limitaciones clave

El Exención de «declaración de no objeción» es una de las opciones de exención más populares para los titulares de visas J-1 porque es relativamente sencilla y, a menudo, la ruta más rápida para obtener una exención. Con esta exención, el país de origen del titular de la visa J-1 emite una declaración en la que indica que no tiene ninguna objeción a que el titular de la visa permanezca en los Estados Unidos y, por lo tanto, la persona no está obligada a cumplir con el requisito de residencia en el país de origen de dos años.

La popularidad de la exención de no objeción se debe en gran medida a su simplicidad: no es necesario probar las dificultades, la persecución o el patrocinio del empleador, lo que puede resultar largo y difícil. Sin embargo, existen algunas limitaciones clave:

  1. Programas financiados por EE. UU.: Los titulares de la visa J-1 que participaron en programas financiados por los EE. UU. suelen ser no es elegible para una exención de no objeción. Por lo general, el gobierno de los Estados Unidos no otorga exenciones a los titulares de visas J-1 que hayan recibido apoyo financiero de agencias estadounidenses, ya que esperan que estas personas cumplan con el requisito de residencia en el país de origen como condición para el intercambio.
  2. Cooperación del país de origen: El país de origen del titular de la visa J-1 debe estar dispuesto a emitir la declaración de no objeción, lo cual no está garantizado. Algunos países, en particular los que tienen escasez de personal cualificado, pueden mostrarse reacios a emitir una declaración de no objeción para sus ciudadanos.

Para aquellos que no pueden calificar para la exención de no objeción debido a estas limitaciones, hay otras opciones, como la Dificultades excepcionales o Exención de persecución, pueden explorarse, aunque suelen tener requisitos más rigurosos.

Exención por dificultades excepcionales J-1: lo que necesita saber

Para aquellos que buscan una exención por dificultades excepcionales J-1, es esencial entender el estándar específico que aplica el USCIS. Esta exención requiere demostrar que su cónyuge o hijo, ciudadano estadounidense o residente permanente legal, se enfrentaría a una situación difícil que superaría las «dificultades normales» que se esperan de la reubicación o la separación. Esto es lo que el USCIS examinará para determinar la elegibilidad:

  • Por encima de las dificultades normales, pero por debajo de las extremas: La dificultad para su familiar debe ir más allá de los desafíos típicos, pero no es necesario que alcance los umbrales de dificultades «extremas» o «excepcionales y extremadamente inusuales».
  • Reubicación versus separación: El USCIS evalúa si el familiar que reúne los requisitos enfrentaría dificultades excepcionales si se mudara con el solicitante a la residencia extranjera o, alternativamente, si se separara debido al requisito de residencia extranjera de dos años.
  • Concéntrese en el miembro de la familia que califica: Las dificultades para el visitante de intercambio J-1 no se consideran a menos que afecten al miembro de la familia que reúne los requisitos.
  • Factores de evaluación: El USCIS puede considerar la composición familiar, las posibles interrupciones profesionales, la nutrición y la educación de los niños y los impactos de la separación familiar.
  • Factores en conjunto: La dinámica familiar, la salud, los impactos financieros y las preocupaciones educativas se evalúan en su conjunto para determinar si la situación califica como una dificultad excepcional.

Las oficinas legales de Sabrina Li: dedicadas a solicitudes complejas de exención de inmigración

Si usted o alguien que conoce se enfrenta a una situación de inmigración difícil relacionada con el requisito de residencia de dos años J-1, estamos aquí para ayudarlo. En las oficinas legales de Sabrina Li, nos especializamos en tramitar solicitudes complejas de exención de inmigración. Comuníquese con nosotros hoy mismo al (213) 375-8096 o envíenos un correo electrónico a info@sabrinali.law para obtener orientación experta. Nos comprometemos a mantener unidas a las familias en los Estados Unidos.

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At the Law Offices of Sabrina Li, we are experienced in handling complex immigration issues. We are ready to advocate for your success and help you achieve your American Dream.

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