Las Oficinas Legales de Sabrina Li se complacen en compartir otra historia de éxito de nuestra práctica.
Nuestro cliente buscó orientación para la siguiente fase tras la notificación del Centro Nacional de Visas (NVC) de que su fecha de prioridad ya estaba actualizada. Su madre, que entonces tenía 79 años y era ciudadana de los Estados Unidos, había presentado una solicitud I-130 en su nombre, la cual había sido aprobada. Después de años de espera, la fecha de prioridad de esta I-130 aprobada finalmente se hizo actual. Aunque parecía estar más cerca de la meta de convertirse en residente legal permanente, tenía miedo porque había estado viviendo en los Estados Unidos sin estatus legal durante dieciséis años.
El caso del cliente era difícil, ya que tenía un historial de inmigración complejo, que incluía negaciones anteriores, acusaciones de fraude e incluso había sido sometido a un proceso de expulsión. Sabíamos que lo mejor que podía hacer para él era seguir con la I-130 de su madre; sin embargo, eso requeriría que finalizara su proceso asistiendo a una entrevista en un consulado de su país de origen. Sabíamos que esto podía ser difícil a la luz de su estancia prolongada y de su historial de presuntos fraudes.
Después de una revisión exhaustiva de su historial de inmigración, descubrimos que el juez de inmigración había determinado que no había fraude en la petición de inmigración anterior de nuestro cliente. Esto alivió nuestras preocupaciones sobre la posible inadmisibilidad debido a fraude o tergiversación material. El único problema de inadmisibilidad al que se enfrentó nuestro cliente se debió a su presencia ilegal. Hace más de 20 años, ingresó a los Estados Unidos como visitante B-1 no inmigrante por motivos de negocios, con autorización para permanecer hasta el 30 de diciembre de 2003, pero se quedó mucho más tiempo después de esa fecha.
Nuestra firma presentó una exención provisional de presencia ilegal I-601A para permitirle asistir a una entrevista consular sin temor a que se le prohíba la entrada a los Estados Unidos por un período de diez (10) años. Al presentar la I-601A, establecimos que la madre del cliente necesitaba su asistencia física y financiera en los EE. UU. debido a su avanzada edad y a sus condiciones médicas. También transmitimos el historial de inmigración anterior del cliente y demostramos que, no obstante, era elegible para la exención.
Nuestros esfuerzos concienzudos dieron sus frutos cuando el caso de exención I-601A del cliente recibió la aprobación. ¡Nuestro cliente ahora puede programar y asistir a su entrevista consular sin temor a que se le prohíba la entrada a los Estados Unidos durante diez años!
La sección 212 (a) (9) (B) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) define la presencia ilegal de un extranjero como cualquier momento que se encuentre en los Estados Unidos después de la expiración de un período autorizado de estadía o presencia sin haber sido admitido o puesto en libertad condicional. La sección también declara que cualquier persona que haya acumulado más de 180 días, pero menos de un año, de presencia ilegal y que abandone voluntariamente los Estados Unidos será inadmisible por un período de tres años. Las personas que hayan acumulado más de un año de presencia ilegal y que se marchen voluntariamente serán inadmisibles durante 10 años.
El propósito de la exención I-601A, también conocida como exención provisional por presencia ilegal, es permitir que ciertos solicitantes de visas de inmigrante que son familiares de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales (LPR) soliciten una exención provisional de los motivos de inadmisibilidad por presencia ilegal en virtud de la sección 212 (a) (9) (B) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) antes de salir de los Estados Unidos para comparecer en una embajada o consulado de los Estados Unidos para una entrevista para la visa de inmigrante.
Esta exención reduce el riesgo asociado con la salida de los Estados Unidos y activa las prohibiciones de 3 y 10 años, ya que la solicitud de exención del solicitante se resuelve antes de la salida.
Para calificar para una exención I-601A, el solicitante debe:
Si esta narrativa le suena bien a usted o a alguien cercano a usted, las Oficinas Legales de Sabrina Li están preparadas para ampliar nuestra experiencia profesional. Nuestro historial de obtener exenciones de la I-601 A es un reflejo de nuestra preparación estratégica y nuestra apasionada representación. Comuníquese con nosotros al (213) 375-8096 o por correo electrónico a info@sabrinali.law para obtener el apoyo legal que necesita. Somos sus defensores inquebrantables, dedicados a guiarlo hacia el logro de su sueño americano.