Sí. Si su matrimonio se contrajo de buena fe pero terminó en divorcio, puede solicitar una exención del requisito de presentación conjunta y presentar el formulario I-751 por su cuenta. Deberá demostrar que el matrimonio era auténtico al momento de iniciarse. La elegibilidad depende de sus circunstancias particulares, por lo que es fundamental realizar una evaluación caso por caso.
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